
Las palabras del Derecho
Y/O
Juan Pablo Aguilar Andrade
Pese a que la
conjunción “y” cumple un papel opuesto al de la conjunción “o”, pues la primera
expresa unión y la segunda separación, es frecuente encontrarlas como una sola,
con una barra diagonal de por medio, en textos normativos de diversa jerarquía.
Aunque los
ejemplos abundan, me remito a dos: el artículo 4 de la Resolución 385 de la
Junta de Política Monetaria y Financiera (edición especial 44 del Registro
Oficial del 24 de julio de 2017), que dispone que los “almacenes generales de
depósito podrán operar a través de bodegas propias, de campo y/o arrendadas”;
y, el artículo 26 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, que autoriza crear parroquias rurales con un mínimo de cinco
mil habitantes en “los cantones conformados mayoritariamente por población
indígena, afroecuatoriana y/o montubia”.
Estos dos textos
muestran un uso que se ha vuelto común y que, a fuerza de repetirse, ha sido
acogido como normal y correcto aunque, en realidad, esta acumulación de
conjunciones es tan innecesaria como esas señales de tránsito que han aparecido
en nuestras vías y que juntan, en una sola, la prohibición de girar hacia la
izquierda, con la de hacerlo en U.
Si se ven bien las
cosas, cuando está prohibido dirigirse hacia la izquierda, también lo está dar
una vuelta en U, porque no es posible hacer esto último sin haber hecho lo
primero; y, evidentemente, si solo se prohíbe el giro en U, no hay manera de
pensar que la vuelta hacia la izquierda esté incluida. Una simple prohibición
de girar a la izquierda, entonces, puede sustituir el reciente invento de
flechas enredadas.
El “y/o” es tan
prescindible como la doble señal de tránsito.
La conjunción “y” se
emplea cuando la norma pretende que, para un determinado caso, se cuente con
todos los elementos de una enumeración, y se recurre a “o” si basta con esté
presente solo uno o varios de ellos.
Cuando se utiliza
el “y/o”, se busca decir que pueden estar todos los elementos enumerados, pero
que basta con que aparezca uno para que se dé el supuesto normativo; en otras
palabras, se afirma lo mismo que se afirmaría con una simple “o”. En efecto, si
se usara tan solo esta última conjunción, se cumpliría el supuesto aunque
estuvieran presentes todos los términos de la enumeración, esto es, aunque
ocurriera lo que se pretende decir con la “y”, porque si es suficiente con un
elemento, nada cambia si aparecen todos.