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jueves, 5 de abril de 2018
Las Palabras del Derecho: Presidente y Presidiario

Las Palabras del Derecho: Presidente y Presidiario



Las palabras del Derecho

PRESIDENTE Y PRESIDIARIO

Juan Pablo Aguilar Andrade


Afirmar que presidente y presidiario son palabras hermanas, puede verse como una mala broma si tomamos en cuenta lo que se ha vivido en los últimos años.

Sin embargo, es así; ambas palabras tienen como origen común la palabra presidere, en la que el prefijo pre (delante), acompaña al verbo sidere (sentarse); sentarse al frente, entonces, lo que llevaría a la idea de ubicarse al frente para proteger a los demás.

El primer sentido, sentarse delante, llevó a la palabra presidente, mientras que la idea de protección derivó en presidio.

Presidentes es quien “preside, manda o prefiere a otros”, según el Diccionario de Autoridades, que más adelante definía presidio como “la guarnición de soldados que se pone en las Plazas, Castillos y Fortalezas, para su guarda y custodia” y, también, la ciudad “o fortaleza que se puede guarnecer de soldados”; “metaphoricamente”, decía el diccionario, “significa auxilio, socorro o amparo”.

Ramón de Huesca relata, en la página 310 del tomo VII de su Teatro histórico de las iglesias del reyno de Aragón, que en 1128 Alfonso I, llamado el Batallador, entregó a la iglesia y monasterio de Montearagón y al abad Fortunio y sucesores, la villa de Signa “con todos sus términos”, y les mandó “que la pueblen lo antes que sea posible, y que hagan allí una buena fortaleza para presidio de los Christianos”.

Presidios fueron las fortalezas que construyeron los españoles en sus posesiones del norte de África y en las fronteras de sus dominios americanos. La ciudad de San Francisco, en California, fue originalmente un presidio, el Presidio Real de San Francisco, establecido en 1776 y hoy convertido en monumento nacional.

Fortalezas guarnecidos por soldados, los presidios se convirtieron en lugares apropiados para aplicar penas privativas de la libertad. La palabra presidiario apareció ya en Diccionario de Autoridades como persona condenada “a servir en el presidio, en pena de algún delito”, y en 1817 se definió presidio como “la plaza o lugar destinado para el castigo de los delincuentes” y, también, como la pena impuesta “a ciertos delincuentes de servir en algún presidio en los trabajos a que se les destina”.

Nuestro primer Código Penal estableció, en 1837, cuatro tipos de pena para sancionar los delitos: muerte, extrañamiento del territorio de la República, obras públicas y presidio. “Los reos condenados a presidio –decía el artículo 22- serán destinados al servicio de hospitales, oficinas o establecimientos públicos, reparación de obras y limpieza de calles, plazas y paseos, según la calidad de cada uno. La sentencia designará el lugar de la condena, y en el permanecerán sin cadenas ni otras prisiones, a menos que las merezcan por la mala conducta que observen, y estarán constante y efectivamente ocupados sin exención, dispensa, ni rebaja, excepto en el caso de enfermedad, y en los ratos del descanso preciso, conforme a los reglamentos”.
lunes, 2 de abril de 2018
CONOCE A JORGE LUIS MAZÓN, NUEVO PROFESOR DE TEORÍA DE LA PRUEBA

CONOCE A JORGE LUIS MAZÓN, NUEVO PROFESOR DE TEORÍA DE LA PRUEBA

Jorge Luis Mazón se ha incorporado a la USFQ en el segundo semestre 2017-2018 como profesor de la materia Teoría de la Prueba.

Jorge Luis es abogado en libre ejercicio, profesional por la Universidad Central del Ecuador, magíster en Derecho Procesal por la Universidad Andina Simón Bolívar y especialista superior en Derecho Procesal por la misma universidad. Además, es licenciado en pedagogía por la Universidad Politécnica Salesiana y tiene estudios de Sociología por la Universidad Central del Ecuador.

Ha sido profesor invitado a dictar diversos seminarios y conferencias sobre temas relacionados con el derecho procesal civil, el derecho de familia, la ejecución de sentencias extranjeras y el Código Orgánico General de Procesos como también en la Especialización Superior en Derecho Procesal de la Universidad Andina Simón Bolívar. Ha sido profesor de Derecho Procesal Civil en la Universidad de Las Américas.

En la actualidad, es socio principal de la firma de abogados Legal Group de la ciudad de Quito y Director de LEGAL GROUP CAPACITACIONES, división encargada de capacitaciones en temas jurídicos para abogados y estudiantes de Derecho. Jorge Luis además se desempeña como Vicepresidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Procesal.

Ha publicado “Ensayos críticos sobre el COGEP - Tomo I” y se encuentra en la preparación del Tomo II de la misma obra.

Con su experiencia y preparación como procesalista, sin duda Jorge Luis es una gran adición a la planta docente del Colegio de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito.

¡Bienvenido!

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